


Elvis Presley fue supuestamente explotado en vida por su compañía discográfica. Al menos ésto es lo que opinan sus descendientes quienes han demandado a Sony Music Entertainment, antigua compañía discográfica de Presley. Antenne Bayern entrevista a Julian N. Modi, LL.M., abogado certificado en derecho de tecnología de la información, sobre los derechos de los herederos. Èstos basan su demanda en el artículo 32a de la Ley de Derecho de Autor (UrhG) que confirma que el autor de una obra tiene también posteriormente derechos de compensación en caso de que el nuevo propietario de los derechos de uso consiguiera un éxito inesperado con su obra.
Comunicado de prensa N º 93/2011 del Tribunal Supremo datado el 01/06/2011, ref.: I ZR 140/09
Para contar con protección en los derechos de autor, los servicios creativos han de contar con una autoría original. El Tribunal Supremo ha confirmado que los juegos educativos también cuentan con la necesaria pecurialidad y por ello podrían ser protegidos como ilustracioned de carácter científico. Para ésto se tendrá en cuenta sólo la forma de dichas ilustraciones y no el contenido del juego educativo.
Sentecia del LG Hamburg (Tribunal Regional Frankfurt) del 18/08/2010, ref.: 2-6 S 19/09
El propietario de un hotel que ofrezca a sus clientes una red codificada que respete los requesitos legales, no puede ser entendido como el responsable de las infracciones contra los derechos de autor que cometan sus huéspedes. Debido a la codificación que garantiza el salvaguardar contra las violaciones a los derechos de autor por parte de terceras partes, el propietario no ha adquirir otras obligaciones.
Auto de LG Köln (Tribunal Regional Köln) del 01/12/2010, ref.: 28 O 594/10
Según el Tribunal Regional de Colonia, el hecho de las publicaciones regulares debería haber llegado a la consciencia pública para saber que si se permite el uso a terceros de la conexión de Internet, no está descartada una violación de derechos. Por lo tanto, los padres deben asegurarse, a través de sus obligaciones como tales, que no se produzcan dichas ofensas contra los derechos intelectuales.
Sentencia del OLG Stuttgart (Tribunal Regional Superior Stuttgart) del 06/10/2010, ref.: 4 U 106/10
Durante la modificación de un edificio protegido por los derechos de autor, el interés en la modernización prima sobre el interés del autor por mantener el edificio sin modificar. Aún así, la modificación ha de incluir la naturaleza y el alcance de la estructura protegida asi como el resto de los efectos protegidos por los derechos de autor, sin embargo, el plazo de protección expirará con antelación. Cualquier alternativa de planificación y sus posibles costes se tendrán tan poco en cuenta como los intereses generales y públicos.<span style="font-weight:...
Juicio de OLG Köln (Tribunal Regional Superior Colonia) del 11/06/2010, ref.: 6 U 23/10
Un editor no puede hacer publicidad de una nueva edición de un libro, que haya experimentado cambios en el contenido y en el formato, sin informar sobre el contenido real del libro comparado con la obra original. Un ejemplo es la publicidad de una nueva edición de un conocido libro de Helmut Newton, la cual salió a la luz en un formato reducido y sustituyendo 74 imágenes por otros motivos. El Tribunal Regional Superior de Colonia confirmó la orden judicial contra la editorial, con lo que el uso de mensajes publicitarios como “la resurrección del libro” es...
Juicio de KG Berlin (Tribunal Supremo de Justicia Berlín) del 15/06/2010, ref.: 5 U 35/08
Copias de fotografías ya publicadas como parte de una cita estan permitidas siempre y cuando no tenga una sóla finalidad puramente decorativa e ilustrativa. La reproducción no modificada de una imagen pequeña en una grande representa una “intervención importante de los derechos de autor” conforme a §§ 72, 15, 16 UrhG (Legislación de los derechos de autor).
La industria ha de luchar a diario contra la difusión de copias pirata de obras registradas. Especialmente el uso de las llamadas bolsas para compartir archivos – en las que ficheros de música, películas o programas informáticos son puestos a disposición a masas gratuítamente – causa dolores de cabeza a los propietarios legales. Además, en casi todas las áreas del internet y através del fenómeno de copy & paste, imágenes y textos registrados pueden ser usados sin el consentimiento del verdadero autor. Esto origina varias violaciones a los derechos de los creadores intelectuales de esas obras.
Juicio de LG Bielefeld (Tribunal Regional Bielefeld) del 13/04/2010, ref.: 4 O 293/06
Se está de acuerdo en que el uso de un logo sólo es permitido si está acompañado de una anotación de copyright de tal manera que el creador del logo pueda reclamar una indemnización por daños y perjuicios en caso de infracción. En la acción legal ante el Tribunal Regional de Bielefeld, un artista gráfico puso el logo “Der Hausmeister” a disposición del demandado habiendo acordado el uso de la anotación de copyright © bien visible junto al nombre del querellante. Sin embargo, el demandado usó el logo tanto en su coche de empresa como en su página web sin la anotación...
Representantes de la industria del cine, música y del software tienen que seguir aceptando pérdidas considerables en el volumen de ventas causandas por el intercambio privado de sus trabajos registrados a través de las llamadas redes Peer-2-Peer. En estos sistemas de intercambio de datos como eMule o BitTorrent, los usuarios se unen a una comunidad e intercambian los datos de sus ordenadores. No sólo ocurre una descarga de un fichero de propiedad registrada, sino que el usuario también ofrece archivos similares a otros participantes para que sean subidos o cargados. El usuario pone igualmente a disposición los ficheros de otros participantes que existan en su ordenador para que éstos...
¿Puede ser ilegal el mero hecho de mirar una película por internet? – Acción legal contra portales de cine como Kino.to
Portales de Internet que ofrecen películas actuales y series de televisión gratis, en sí ilegal, cuentan con cada vez mayor popularidad entre los usuarios. Para la industria del cine, tales portales representan una pesadilla. Si ya años anteriores tuvieron que soportar pérdidas importantes en el volumen de ventas a causa de la piratería, ahora se enfrentan a considerables pérdidas de clientes en la venta comercial de películas. El ejemplo más eminente en la actualidad de dichos portales de cine podría ser Kino.to.
Juicio del LG Düsseldorf (Tribunal Regional Dusseldorf) del 27/05/2009, ref.: 12 O 134/09
... por lo menos en lo que se refiere a la conexión de Internet. El Tribunal Regional de Dusseldorf ha decidido que el propietario de una conexión de Internet puede ser responsabilizado en una carta de omisión, si un familiar mayor de edad ha producido una falta a los derechos de autor en una red de compartir archivos.
Auto de BVerfG (Tribunal Constitucional Federal) del 07/10/2009, ref.: 1 BvR 3479/08
Compañías discográficas y estudios de grabación han presentado como queja constitucional que las copias privadas de CD de música infringen contra el § 53 párrafo 1 UhrG (Legislación de los derechos de autor). El Tribunal Constitucional Federal denegaba la queja con el motivo de no haber presentado ésta en los debidos plazos de tiempo. Además se confirmaba en el auto que copias aisladas de una obra para el uso privado son admisibles mientras no tengan finalidad de lucro.
Juicio del LG Köln (Tribunal Regional Colonia) del 12/08/2009, ref.: 28 O 396/09
Textos publicitarios que no son más que una pura recomendación y un imperativo publicitario, no están incluidos en la protección de los derechos de autor. En cambio, si los mensajes publicitarios muestran una impresión individual a través del anuncio, la creación o el nivel de originalidad necesario para el derecho de autor está conseguida. Este nivel de originalidad también se puede conseguir a través de la realización técnica de las páginas web, por ejemplo, a través del orden de palabras clave para poder conseguir un puesto de primera calidad en los buscadores de...
Comunicado de prensa número 44/09 del AG München (Juzgado de Primera Instancia Munich) sobre el juicio del 19/08/2009, ref.: 161 C 3130/09
Básicamente el derecho a la imagen propia protege a todos ante la difusión ilícita de la imagen propia, incluyendo tomas aéreas del propio terreno. Este derecho no se quebrantará si a la imagen publicada no se le puede asignar una dirección concreta y si tampoco se pueden reconocer a ninguna de las personas representadas.
Juicio de LG Düsseldorf (Tribunal Regional Dusseldorf) del 01/04/2009, ref.: 12 O 277/08
Los derechos en fotografías no se pierden, según § 72 párrafo 1 UrhG (Ley de la Propiedad Intelectual), aunque sólo una parte de la imagen haya sido utilizada sin autorización. Bienes protectores de la norma son también cada una de las partes de la imagen; especialmente si se trata de la parte que identifica la fotografía. Además un suplemento de 100% de la remuneración de base le correspondería al fotógrafo, según § 13 UhrG (Ley de la Propiedad Intelectual), si su nombre no fuera mencionado como autor.
Juicio de LG Köln (Tribunal Regional Colonia) del 01/07/2009, Az.: 28 O 42/09:
El integrar un balón de fútbol en el pie de un vaso de cerveza de trigo no puede ser protegido, § 96 UrhG (Ley sobre la libertad intelectual). La querella del artista independiente contra una cervecería fallaba en el requisito de superioridad de nivel medio. El juzgado analizó especialmente el área de llenado, la selección de material, el tallado del cristal y naturalmente también el mismo balón de fútbol. ¡Gol en propia meta! ¡Salud!
Juicio de EuGH (Tribunal de Justicia de la Unión Europea) del 20/01/2009, referencia: C-240 / 07
Según el derecho alemán, todos los títulos musicales anteriores al 1 de enero de 1966 no cuentan con protección de derechos de autor. En la directiva europea 2006/116/CE se incluyen tanto títulos anteriores a 1966 como a ciudadanos no europeos. Por tanto, las obras musicales del americano Bob Dylan producidas entre 1958 y 1965 sí están protegidas y no pueden ser copiadas sin autorización en ningún soporte de sonido.