

Juicio de BFH (Tribunal Federal de Hacienda) del 22/04/2008, ref.: IX R 29/06
La amortización de un coche de segunda mano durante un año después de haber sido adquirido es imponible según el § 23 párrafo 1 frase 1 Nr. 2 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (EStG). La ley registra, a diferente manera que las versiones anteriores, todos los bienes económicos como patrimonio personal. Un coche de segunda mano, como en el caso presente, es un objeto y por ello un bien económico.