

Comunicado de prensa número 44/09 del AG München (Juzgado de Primera Instancia Munich) sobre el juicio del 19/08/2009, ref.: 161 C 3130/09
Básicamente el derecho a la imagen propia protege a todos ante la difusión ilícita de la imagen propia, incluyendo tomas aéreas del propio terreno. Este derecho no se quebrantará si a la imagen publicada no se le puede asignar una dirección concreta y si tampoco se pueden reconocer a ninguna de las personas representadas.
Juicio de LG Köln (Tribunal Regional Colonia) del 01/07/2009, Az.: 28 O 42/09:
El integrar un balón de fútbol en el pie de un vaso de cerveza de trigo no puede ser protegido, § 96 UrhG (Ley sobre la libertad intelectual). La querella del artista independiente contra una cervecería fallaba en el requisito de superioridad de nivel medio. El juzgado analizó especialmente el área de llenado, la selección de material, el tallado del cristal y naturalmente también el mismo balón de fútbol. ¡Gol en propia meta! ¡Salud!